NOVEDADES SISTEMA RED

NOVEDADES SISTEMA RED

El 6 de marzo se publicó en el BOE la Orden ESS/214/2018 de 1 de marzo, que modifica la Orden ESS/484/2013, y regula el Sistema de remisión electrónica de datos de la Seguridad Social.

Entre las novedades de interés que contempla esta nueva disposición citamos:

  • Amplía el ámbito de aplicación del Sistema RED, extendiéndolo a los trabajadores por cuenta propia o autónomos y a los trabajadores por cuenta propia del mar, a excepción de los clasificados en los grupos segundo y tercero.
  • Extiende la obligatoriedad del Sistema Red a los colectivos de Representantes de Comercio y Sistema Especial de la Industria Resinera, que estaban excluidos de esta obligatoriedad.
  • Aumenta el número de gestiones o actuaciones que se pueden transmitir a través de este Sistema.
  • Dentro de éstas nuevas actuaciones, se incluye una nueva comunicación de datos que permitirá agilizar el reconocimiento de diversas prestaciones de la Seguridad Social como:
    • La comunicación por parte de las empresas de la fecha de inicio de la suspensión del contrato de trabajo o del correspondiente permiso, a efectos de tramitar las prestaciones por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
    • Las reducciones de jornada de trabajo de los progenitores, adoptantes o acogedores, a efectos de tramitar la prestación de cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, de las que sean beneficiarios los trabajadores por cuenta ajena o asimilados.

A los autónomos, tal como establece la Disposición Transitoria 1ª, se les da un plazo de 6 meses para su incorporación obligatoria.

Finalmente, la orden citada deroga los apartados 1 y 2 de la Disposición Adicional Única de la Orden ESS/485/2013, que regula las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social, incorporando a los sujetos responsables comprendidos en dichos artículos a este Sistema de forma obligatoria, mediante su comparecencia en SEDESS, con un plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la Orden ESS/414/2018.

La entrada de en vigor de esta Orden se aplaza hasta el 1 de abril de 2018.