DEUDORES CON HACIENDA
El listado comprenderá alrededor de 5.000 contribuyentes. De acuerdo con la Ley General Tributaria, se identificará completamente al contribuyente, bien sea persona física o jurídica, con su nombre, apellidos, NIF y razón o denominación social completa.
Una Orden Ministerial desarrollará la emisión de las comunicaciones a los afectados que se prevé pueda realizarse a partir del 20 de octubre.
La publicación de la lista se efectuará en diciembre, una vez que se haya realizado la notificación y transcurrido el plazo de alegaciones.
La primera lista pública de deudores con la Administración Tributaria comprenderá alrededor de 5.000 contribuyentes. De acuerdo con lo desarrollado en el artículo 95 de la reforma de la Ley General Tributaria, se identificará completamente al contribuyente, bien sea persona física o jurídica, con su nombre, apellidos, NIF, razón o denominación social completa.
Se incluirá el importe conjunto de las deudas y sanciones superiores a un millón de euros del contribuyente, pendientes de pago a 31 de julio de 2015, y que no estén aplazadas o suspendidas por cualquier motivo legalmente previsto.
Una Orden Ministerial que será publicada en breve, fijará la fecha de publicación y demás aspectos. La emisión de las comunicaciones de inclusión en el listado a los deudores se estima que podría realizarse a partir del 20 de octubre.
En cuanto a la práctica de la notificación de estas comunicaciones, se debe tener en cuenta que, alrededor del 80% de los deudores están incluidos en el sistema de Notificación Electrónica Obligatoria a través de la dirección electrónica habilitada. El otro 20% se notificará por agente, siendo previsible que estén notificados a finales de la primera semana de noviembre, puesto que basta un único intento de notificación, según estipula la ley.
Plazo de alegaciones
Los contribuyentes afectados tendrán un plazo para realizar alegaciones de 10 días hábiles, según estipula la ley. Las alegaciones solo servirán para corregir errores materiales si los hubiere pero no para realizar el pago de la deuda y evitar con ello la publicación en la lista.
Una vez revisadas las alegaciones formuladas, la lista será publicada en diciembre en la página de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.