NUEVO APOYO A LOS AUTONOMOS
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes de dos proyectos de ley para fomentar el trabajo autónomo y la economía social e impulsar el emprendimiento, tras recibir el dictamen y la valoración global positiva del Consejo Económico y Social (CES).
Se trata del proyecto de Ley por el que se modifica y actualiza toda la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social, y del proyecto de ley de Sociedades Laborales y Participadas. Con este nuevo paquete de medidas y conforme a las previsiones de crecimiento, el Gobierno estima que el autoempleo pueda crecer en 550.000 personas hasta 2019.
El proyecto de ley de Autónomos y Economía Social modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo. Los diferentes incentivos en vigor que hasta ahora se encontraban dispersos en diversas normas se recogerán en un único texto que se incluirá en el título V de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo; y en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social. La nueva Ley amplía además algunos incentivos ya existentes a otros colectivos y pone en marcha nuevas medidas para impulsar el autoempleo, ya sea individual o colectivo, y para apoyar el trabajo autónomo y la Economía Social.
Tarifa Plana.
En relación con la Tarifa Plana para Autónomos, la nueva Ley fija la cuantía de la cuota por contingencias comunes en 50 euros exactos durante seis meses; amplía el incentivo a los autónomos que inicien una actividad por cuenta propia y con posterioridad contraten a trabajadores por cuenta ajena, y extiende los supuestos de la Tarifa Plana .
Especialmente Protegida a las víctimas del terrorismo y de la violencia de género. Además, en el caso de las personas con discapacidad, la reducción de la cotización se amplía hasta 12 meses.
Segunda oportunidad.
El nuevo proyecto de Ley extiende, con independencia de la edad del solicitante, la posibilidad de capitalizar hasta el 100% de la prestación por desempleo para facilitar la inversión y los gastos iniciales para emprender una actividad por cuenta propia. De esta forma, la prestación por desempleo se podrá utilizar capitalizando el 100% en un único pago, capitalizar solo una parte y utilizar el resto para el abono de cuotas a la Seguridad Social, o bien destinando el total de la prestación al abono de las cuotas sociales.
Además, los mayores de 30 años podrán compatibilizar durante un máximo de 270 días la prestación por desempleo con el alta en el RETA, posibilidad hasta ahora reservada únicamente a los menores de 30 años. Para favorecer la seguridad del emprendedor y facilitarle una segunda oportunidad, se amplía el plazo, desde los 24 hasta los 60 meses para la reanudación de la prestación por desempleo una vez iniciada una actividad por cuenta propia a todos los trabajadores con derecho a prestación.
Protección de los autónomos.
La nueva Ley introduce la posibilidad de que los autónomos económicamente dependientes, aquellos que perciben al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente o empresa, puedan contratar un trabajador en determinadas circunstancias relacionadas con la conciliación de la vida familiar y laboral.
Esto permitirá, entre otras cosas, evitar situaciones no deseables que ahora la ley del Estatuto del Trabajo Autónomo permite como el hecho de que se llegue a considerar una causa justificada de extinción contractual la maternidad o paternidad cuando cause un perjuicio importante al cliente.
Asimismo, se amplían los incentivos previstos para los familiares colaboradores que podrán beneficiarse de una bonificación en las cuotas de la Seguridad Social en RETA durante 24 meses: del 50% los primeros 18 meses y del 25% durante los seis meses adicionales